DECRETO 74/2018, de 15 de mayo, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el proyecto de Renovación de la conducción San Roque - Bombeo de Artxanda, en Sondika.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Medio Ambiente, PlanificaciÓN Territorial y Vivienda
Rango de LeyDecreto

El Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia, tras elaborar y aprobar formalmente el expediente del proyecto de «Renovación de la conducción San Roque - Bombeo de Artxanda», puso de manifiesto la necesidad de contar con la disponibilidad de todos los terrenos para la realización del proyecto.

Con fecha 31 de mayo de 2017, el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia acuerda iniciar el expediente de expropiación forzosa y someter al trámite de información pública la relación de bienes y derechos afectados, por el plazo de quince días, mediante anuncios insertados en el Boletín Oficial de Bizkaia N.º 116, de 19 de junio de 2017, y prensa. Posteriormente, en sesión celebrada el 30 de enero de 2018, el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia acuerda solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el referido proyecto, a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado dos alegaciones, según consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

Necesidad de resolver la insuficiencia de garantía de suministro para satisfacer las demandas actuales y futuras de los abastecidos desde el depósito de Artxanda (que será sustituido por otro de mayor capacidad), debido a las numerosas incidencias que presentan las conducciones por su actual deterioro.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al consejero o consejera competente en materia de ordenación del territorio, de...

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