ORDEN de 13 marzo de 2007, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación y la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se regula la concesión de subvenciones a centros escolares no universitarios ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco, para el desarrollo de programas de educación para la...

BOPV. Boletín Oficial del País Vasco núm. 064, 30 de Marzo de 20071 - Disposiciones Normativas › Educación, Universidades e Investigación; Medio Ambiente y Ordenación del Territor

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ORDEN de 13 marzo de 2007, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación y la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se regula la concesión de subvenciones a centros escolares no universitarios ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco, para el desarrollo de programas de educación para la...

A partir de la Cumbre de la Tierra (Río de Janeiro, 1992) se considera el Desarrollo Sostenible como elemento clave para el futuro medioambiental del planeta. Asimismo la formación se entiende como factor esencial para modificar las actitudes de las personas y abordar los problemas ambientales con eficacia y satisfacción para las generaciones presentes y futuras.

En dicha Cumbre uno de los documentos más importantes firmados fue la Agenda 21, que es el plan de acción recomendado por las Naciones Unidas para avanzar hacia la sostenibilidad. En 1994, y siguiendo las pautas de la Agenda 21 para las instituciones locales, se firma la carta de Aarlborg, que marca en Europa el inicio de una campaña de ciudades comprometidas con la sostenibilidad de sus territorios.

 

En la Comunidad Autónoma del País Vasco, a través de la Ley General 3/1998, de 27 de febrero, de Protección del Medio Ambiente, se hace una apuesta por un desarrollo sostenible que fue ratificada el 22 de enero de 2001 por el Lehendakari con la firma del Compromiso por la Sostenibilidad del País Vasco. Por otra parte, la Estrategia Ambiental Vasca de Desarrollo Sostenible 2002-2020, aprobado por Consejo de Gobierno en sesión de 4 de junio de 2002 y los Programas Marco Ambientales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, han considerado la educación, formación y sensibilización como una de las condiciones necesarias para avanzar hacia la sostenibilidad. En dicho Programa se asume el compromiso, entre otros, de la implementación de la Agenda 21 Escolar en un 100% para el 2012.

Durante la Cumbre Mundial para el Desarrollo Sostenible (Johannesburgo- 2002) se aprobó la designación del "Decenio de Educación para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas" al período 2005-2015.

Por todo ello, en el campo de la educación, formación y sensibilización ambiental es objetivo prioritario el impulso de una intervención en el ámbito escolar tendente a proporcionar una información y una capacitación en temas ambientales que favorezca el necesario cambio de valores, actitudes y comportamientos para llegar al desarrollo sostenible.

El Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio considera imprescindible el apoyo económico institucional para la puesta en marcha de programas específicos de educación para la sostenibilidad en centros escolares, que refuercen dicha perspectiva en los proyectos educativo y curricular de centro, así como en las programaciones y unidades didácticas, y que mejoren el desarrollo de la conciencia, la competencia y los conocimientos y valores que capaciten a la población escolar o comunidad educativa a comprometerse en el desarrollo sostenible.

Por su parte, el Departamento de Educación, Universidades e Investigación, estimando necesario que la educación para la sostenibilidad entre a formar parte de los programas educativos, considera oportuno reconocer la labor que los centros escolares y los docentes desarrollan en el campo del medio ambiente.

En virtud de lo cual y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 7/1981, de 30 de junio, sobre Ley de Gobierno, DISPONEMOS:

Artículo 1.– Objeto.

1.– Es objeto de la presente Orden regular la concesión de subvenciones por el procedimiento de concurrencia competitiva, con cargo al presupuesto destinado al efecto por el Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, a centros escolares no universitarios ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco para el diseño y realización de programas de educación para la sostenibilidad durante el curso escolar 2007-2008. Con este fin se impulsará la integración de todas las actividades que se realizan en los centros mediante un único proyecto que englobe las actividades realizadas en el aula, las estancias en centros de educación ambiental extraescolar de la CAPV y los itinerarios o visitas para conocer el patrimonio ambiental de la CAPV.

2.– A este fin se destinará un total máximo de novecientos noventa y tres mil setecientos cincuenta euros (993.750), sin perjuicio de lo dispuesto en la Disposición Adicional única de la presente orden, a distribuir de la siguiente manera:

a) Importe total máximo correspondiente a la convocatoria de la Modalidad 1: proyectos de Agenda 21 Escolar, definida en el artículo tercero: novecientos cuarenta mil euros (940.000)

b) Importe total máximo correspondiente a la convocatoria de la Modalidad 2: proyectos de centro de Educación para la Sostenibilidad, definida en el artículo tercero: cincuenta y tres mil setecientos cincuenta euros (53.750)

Asimismo, en el caso de que por falta de concurrencia de solicitudes o incumplimiento de requisitos no se agotara las cantidades asignadas para cada una de las dos modalidades, ésta podrá pasar a increme...

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