ORDEN de 30 de julio de 2003, de la Consejera de Cultura, por la que se convoca la concesión de ayudas a la creación, desarrollo y producción audiovisual.

Extracto


ORDEN de 30 de julio de 2003, de la Consejera de Cultura, por la que se convoca la concesión de ayudas a la creación, desarrollo y producción audiovisual.

ORDEN de 30 de julio de 2003, de la Consejera de Cultura, por la que se convoca la concesión de ayudas a la creación, desarrollo y producción audiovisual.

De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto 7/2001, de 16 de julio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, así como en el Decreto 34/2002, de 5 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura, corresponden al mismo, entre otras, las atribuciones relativas al impulso, consolidación y/o difusión de las actividades artísticas y culturales que se desarrollen en el área audiovisual.

A tal efecto, a lo largo de los últimos años, el Departamento de Cultura ha empleado los medios de fomento a su alcance con la convocatoria pública de concursos para la concesión de ayudas.

Continuando con esa trayectoria y teniendo en cuenta la importancia que está adquiriendo el sector audiovisual en la sociedad actual y de cómo el desarrollo de su actividad favorece el enriquecimiento cultural y económico de la Comunidad Autónoma de Euskadi, se promueve ahora una nueva convocatoria centrada en los proyectos propuestos por el sector audiovisual, que trata de incentivar la creación de guiones, el desarrollo de proyectos (de ficción, animación, documental y multimedia), así como la producción de obras audiovisuales (largometrajes cinematográficos y/o tv movies de ficción, largometrajes cinematográficos de animación, documentales de creación y cortometrajes cinematográficos de ficción y animación).

El objetivo último es el de potenciar y ayudar a la consolidación de una infraestructura audiovisual tan importante y necesaria, desde una perspectiva cultural, en nuestro País, que haga viable reconducir parte de estas ayudas selectivas a proyectos en ayudas automáticas a obras realizadas en función de resultados y/o por el cumplimiento de determinados requisitos.

En su virtud,

DISPONGO:

CAPÍTULO I

NORMAS GENERALES

Artículo 1.¿ Objeto.

1. Es objeto de la presente Orden la convocatoria y establecimiento de las condiciones para la concesión de ayudas durante el ejercicio 2003 a la creación, desarrollo y producción audiovisual.

2.¿ La cantidad máxima total para las ayudas previstas en la presente convocatoria se fija en un millón doscientos treinta y seis mil (1.236.000,00) euros y podrá verse incrementada en los términos establecidos en la Disposición Adicional Primera.

Artículo 2.¿ Modalidades de ayuda.

Las modalidades de las ayudas son las siguientes:

1.¿ Ayudas a la creación de guiones en los términos que se establecen en el Capítulo II de esta Orden.

2.¿ Ayudas al desarrollo de proyectos en los términos que se establecen en el Capítulo III.

3.¿ Ayudas a las siguientes modalidades de producción de obras audiovisuales en los términos que se establecen en el Capítulo IV de esta Orden:

a) Ayudas a la producción de largometrajes cinematográficos y/o televisivos (TV movies) de ficción.

b) Ayudas a la producción de largometrajes cinematográficos de animación.

c) Ayudas a la producción de documentales de creación.

d) Ayudas a la producción de cortometrajes.

Artículo 3.¿ Beneficiarios.

1.¿ Podrán acceder a las ayudas de la presente convocatoria los que reúnan los requisitos que en cada una de las modalidades se contemplan.

2.¿ En todo caso, de acuerdo con el artículo 50.4 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la...

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