DECRETO 79/1997, de 8 de abril, por el que se regula el otorgamiento de subvenciones a aquellas personas físicas o jurídicas titulares de concesión administrativa o de contrato de gestión de servicio público que inviertan en el equipamiento de puertos pesqueros de titularidad de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Extracto


DECRETO 79/1997, de 8 de abril, por el que se regula el otorgamiento de subvenciones a aquellas personas físicas o jurídicas titulares de concesión administrativa o de contrato de gestión de servicio público que inviertan en el equipamiento de puertos pesqueros de titularidad de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

DECRETO 79/1997, de 8 de abril, por el que se regula el otorgamiento de subvenciones a aquellas personas físicas o jurídicas titulares de concesión administrativa o de contrato de gestión de servicio público que inviertan en el equipamiento de puertos pesqueros de titularidad de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El Reglamento (CEE) n.º 2080/93, del Consejo, de 20 de julio de 1993, establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) n.º 2052/88, del Consejo, de 24 de junio, en lo referente al Instrumento Financiero de Orientación de la Pesca.

Como desarrollo del anterior, el Reglamento (CE) 3699/93, del Consejo, de 21 de diciembre, define los criterios y condiciones de las intervenciones comunitarias con finalidad estructural en el sector de la pesca, de la acuicultura y de la transformación y comercialización de sus productos, regulando la concesión de ayudas para acciones tales como el equipamiento de puertos pesqueros.

El citado Reglamento establece en su artículo 11 que los Estados miembros podrán ad...

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