ORDEN de 26 de agosto de 1998, del Consejero de Interior, por la que se adjudican las subvenciones correspondientes a la convocatoria aprobada por Orden de 20 de marzo de 1998 del Consejero de Interior (BOPV n.° 69 de 15 de abril de 1998).

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorInterior
Rango de LeyOrden

ORDEN de 26 de agosto de 1998, del Consejero de Interior, por la que se adjudican las subvenciones correspondientes a la convocatoria aprobada por Orden de 20 de marzo de 1998 del Consejero de Interior (BOPV n.° 69 de 15 de abril de 1998).

A la vista de las peticiones formuladas por diversos municipios de la Comunidad Autónoma del País Vasco con el objetivo de acogerse al programa de fomento de actividades relacionadas con la protección civil, aprobado por Orden de 20 de marzo de 1998 del Consejero de Interior (BOPV n.° 69 de 15 de abril de 1998), examinadas las mismas por la Comisión de Selección correspondiente y a propuesta de ésta

DISPONGO:

Primero.¿ Adjudicar las subvenciones correspondientes al programa de fomento de actividades relacionadas con la protección civil aprobado por Orden de 20 de marzo de 1998 del Consejero de Interior (BOPV n.° 69 de 15 de abril de 1998), a los municipios, en las cuantías y por el tipo de actividades que se reseñan en el anexo de la presente.

Segundo.¿ El abono de las cantidades que se reflejan en el anexo exigirá a los beneficiarios de la subvención el cumplimiento de los requisitos y obligaciones que, para cada tipo de actividades, se establecen en los artículos 10, 12 y 13 de la Orden de convocatoria.

Tercero.¿ Denegar subvención a las actividades, y programas presentados y solicitados por el municipio de Zarautz así como a aquellas que, en todo caso, hayan sido solicitadas por los municipios que han resultado adjudicatarios pero que no se encuentran relacionadas en el anexo de la presente.

Cuarto.¿ Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOPV.

Caso de pretender interponer el mencionado recurso contencioso-administrativo, deberá con carácter previo, efectuar la comunicación a la que se refiere el artículo 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 26 de agosto de 1998.

El Consejero de Interior,

JUAN MARÍA ATUTXA MENDIOLA.

Por delegación de firma (Orden de 16 de julio de 1998)

El Viceconsejero de Interior,

JAVIER AGUIRRE LÓPEZ.

ANEXO

MUNICIPIO SUBVENCIÓN CONCEDIDA TOTAL PTA

BALMASEDA Curso Básico de Protección Civil de 10 horas de duración 480.000

(10...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR