DECRETO 220/1983, de 10 de Octubre, sobre adecuación de los entes institucionales de la Comunidad Autónoma a la Ley 12/1983, de 22 de Junio, de principios ordenadores de la Hacienda General del País Vasco.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 220/1983, de 10 de Octubre, sobre adecuación de los entes institucionales de la Comunidad Autónoma a la Ley 12/1983, de 22 de Junio, de principios ordenadores de la Hacienda General del País Vasco.
El Título III de la Ley 12/1983, de 22 de Junio, de Principios
Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, regula la configuración estructural de la Administración General e
Institucional de la Comunidad Autónoma de Euskadi, necesaria para su mejor desenvolvimiento.
Si bien la Administración General se encontraba ya determinada en el artículo 53 de la Ley 7/1981, de 30 de Junio, de Gobierno, la
Administración Institucional prevista en la Ley de Principios
Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco tiene algunas diferencias respecto al esquema vigente con anterioridad a la entrada en vibor de la misma.
Por tal motivo, la Disposición Transitoria Segunda de la referida Ley de Principios Ordenadores estableció que, en el plazo de tres meses desde su entrada en vigor, el Gobierno adecuaría los Entes
Institucionales existentes a la clasificación contenida en el Título
III de la misma.
Dicha adecuación constituye el objeto del presente Decreto, para lo cual se han tenido en cuenta los Entes Institucionales creados antes de la vigencia de la Ley de Principios Ordenadores, así como los que, aun creados después, iniciaron su proceso de creación con anterioridad en aras de conseguir la máxima seguridad jurídica.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, previa deliberación y aprobación del Pleno del Gobierno en su reunión del día 10 de Octubre de 1983,
DISPONGO:
Es Organismo Autónomo Mercantil de los previstos en el apartado a) del artículo 14 de la Ley 12/1983, de 22 de Junio, de Principios.
Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, el Centro de
Contratación de Cargas, creado en virtud de la Ley 3/1981, de 12 de
Febrero, modificada y complementada por la Ley 4/1982, de 31 de Marzo. 2. Son Organismos Autónomos Administrativos de los previstos en cl apartado b) del artículo 14 de la Ley 12/1983, de 22 de Junio de
Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, los siguientes Entes Institucionales: a)El Servicio Vasco...
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