ACUERDO del Pleno del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas de aprobación definitiva del Informe «Ente Público de Derecho Privado Osakidetza-Servicio Vasco de Salud. 2011», adoptado en sesión de 27 de febrero de 2014.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorTribunal Vasco de Cuentas Publicas
Rango de LeyAcuerdo

El Pleno del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas en sesión celebrada el día 27 de febrero de 2014, ha adoptado el siguiente

Aprobar con carácter definitivo el informe «Ente Público de Derecho Privado Osakidetza-Servicio vasco de salud. 2011», que figura como anexo al presente Acuerdo.

Disponer, de conformidad con lo previsto en el artículo 13.2 de la Ley 1/1988 del TVCP/HKEE, la publicación de sus conclusiones en los boletines oficiales correspondientes.

Vitoria-Gasteiz, a 27 de febrero de 2014.

El Presidente del TVCP,

JOSÉ IGNACIO MARTÍNEZ CHURIAQUE.

La Secretaria General del TVCP,

TERESA CRESPO DEL CAMPO.

BOE: Boletín Oficial del Estado.

CAE: Comunidad Autónoma de Euskadi.

DOUE: Diario Oficial de la Unión Europea.

LCAP: Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

LCSP: Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

LOSE: Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi.

OPE: Oferta Pública de Empleo.

PCAP: Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

RGLCAP: Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.

TIC: Tecnologías de la Información y la Comunicación.

TRLCSP: Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

TRRPE: Texto Refundido de Régimen Presupuestario de Euskadi.

TVCP/HKEE: Tribunal Vasco de Cuentas Públicas / Herri Kontuen Euskal Epaitegia.

I.– Introducción.

El Tribunal Vasco de Cuentas Públicas (TVCP/HKEE), conforme a lo establecido en la Ley 1/1988, reguladora del mismo, y en su Programa Anual de Trabajo, ha realizado el informe de fiscalización de las Cuentas Anuales del Ente Público de Derecho Privado Osakidetza-Servicio vasco de salud (en adelante, Osakidetza) correspondiente al ejercicio 2011.

La fiscalización abarca los siguientes aspectos:

– Legales: el cumplimiento de la normativa que regula su actividad económico-financiera revisando las contrataciones más significativas y los informes sobre el cumplimiento de la normativa legal aplicable realizados por la Intervención en Osakidetza.

– Contables: se analiza si las Cuentas se elaboran de conformidad con los principios contables que resultan de aplicación.

– El alcance del trabajo no incluye un análisis sobre la eficacia y eficiencia del gasto. No obstante, las deficiencias detectadas se detallan en el epígrafe «Consideraciones sobre los sistemas de control interno y procedimientos de gestión».

Además se ha fiscalizado Osatek, S.A., sociedad pública de la que Osakidetza posee el 100% del capital social.

Asimismo, hemos revisado los papeles de trabajo que soportan los informes de auditoría de las cuentas anuales y los de cumplimiento presupuestario y legalidad de Osakidetza y Osatek, S.A. efectuados por firmas externas.

Los trabajos de fiscalización se han desarrollado de acuerdo con los principios y normas de auditoría aplicables al sector público, realizándose aquellas pruebas selectivas, revisión de procedimientos y demás técnicas habituales de auditoría que se han considerado necesarias, en cada circunstancia, para soportar la opinión contenida en el informe.

Osakidetza está adscrito al Departamento de la Administración General competente en materia de sanidad, tiene personalidad jurídica propia y goza de plena capacidad de obrar para la provisión de servicios sanitarios mediante las organizaciones públicas de servicios dependientes del mismo.

En el ejercicio 2011, se reestructuran las organizaciones de servicios de Gipuzkoa y en Álava se crea una nueva denominada Hospital Universitario de Araba que agrupa los dos hospitales generales existentes en dicho territorio. Por tanto, el número de organizaciones de servicios que integran Osakidetza en 2011 se ha reducido de 27 a 25 según el siguiente detalle: Organización Central, Emergencias, Centro Vasco de Transfusiones y Tejidos Humanos, tres organizaciones de salud mental, nueve hospitales, cuatro organizaciones de servicios integradas y seis comarcas de atención primaria. La empresa Osatek, S.A., tiene la consideración de organización de servicios.

II.– Opinión.

II.1.– Osakidetza.

II.1.1.– Opinión sobre el cumplimiento de la legalidad.

Contratación:

  1. – La prórroga excede del límite temporal previsto legalmente en el PCAP, o se formaliza vencida la vigencia del contrato, en 3 expedientes de suministro y 2 de servicios adjudicados en 7,4 millones de euros [artículos 23, 76.1 y 157.c) LCSP] (expedientes n.º 1, 31, 32, 33 y 34).

  2. – En un expediente de obra adjudicado en 17,2 millones de euros, Osakidetza ha incurrido en causa de resolución del contrato, al haber suspendido las obras por un plazo superior al establecido [artículo149.c) LCAP] (expediente n.º 2).

  3. – En un expediente de servicios y en otro de suministro adjudicados por 2 y 2,7 millones de euros las prórrogas del contrato han sufrido modificaciones que incrementan el presupuesto inicial en un 100% y en un 33%, respectivamente; lo que supone una trasgresión de los principios licitatorios recogidos en la LCSP (artículo 23.2) (expedientes 31 y 32).

  4. – Los centros de Osakidetza han tramitado, como contratos menores, adquisiciones de productos o bienes muebles en las que se fracciona el objeto de contratación, incumpliendo el principio de publicidad y concurrencia. En el caso de medicamentos, esta incidencia se ha detectado en adquisiciones por 69,2 millones de euros de los 91,3 millones de euros analizados. En el resto de suministros, se han analizado adquisiciones realizadas sin expediente de contratación por 84,5 millones de euros y se ha comprobado que en el 81,7% de las mismas; 69,1 millones de euros, se ha fraccionado la adquisición de productos homogéneos.

    Personal:

  5. – Se han abonado diversos complementos de productividad conforme a lo establecido en diversas instrucciones...

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