ORDEN de 12 de marzo de 2014, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se aprueba y se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los artículos 4, 6, 7 (fines fundacionales), 8, 9, 10, 11, 13, 14, 16 y 23 de los estatutos de «Mundukide Fundazioa».

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyOrden

Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes:

Primero.– En fecha 21 de noviembre de 2013 ha tenido entrada en el Departamento de Administración Pública y Justicia solicitud presentada por don Jon Lacunza Uranga de inscripción de la modificación de varios artículos de los Estatutos de Mundukide Fundazioa. Se adjunta a la solicitud doble copia autorizada de la Escritura Pública de elevación a público de acuerdos de modificación estatutaria otorgada el día 15 de octubre de 2013 por don Mikel Uribetxebarria Aldalur, en nombre y representación de la Fundación, como representante de Fagor, S. Coop., Presidenta del Patronato, ante el Notario de Mondragón, don Iñigo Irache Varona, n.º 817 de su protocolo.

En la referenciada Escritura Pública se incorpora certificado expedido en Mondragón el día 4 de octubre de 2013 por doña Arantza Larruscain Arteche, en nombre y representación de Mondragón Corporación, en su condición de Secretaria del Patronato, con el visto bueno de su Presidente de la reunión del Patronato celebrada el día 22 de marzo de 2013, en la que se adoptó por unanimidad el acuerdo de modificar los artículos 4, 6, 7 (fines fundacionales), 8, 9, 10, 11, 13, 14, 16 y 23 de los estatutos sociales de la Fundación.

En el cuerpo de la Escritura se recoge la nueva redacción íntegra de los artículos modificados.

Segundo.– El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes

Primero.– Corresponde al Consejero de Administración Pública y Justicia dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia, y el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos.

Segundo.– Al...

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